Perú | Aprueban proyecto de Ley que prohíbe la sexualización de menores

"No permitiremos más actos obscenos frente a nuestros hijos ni que se vulnere su inocencia en los espacios públicos"

    Redacción ED

    Congreso del Perú · Perú · 18 DE FEBRERO DE 2025 · 20:10

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    Fuente: @congresoperu en X.

    La Comisión de Mujer y Familia del Congreso peruano aprobó este lunes por unanimidad (11 votos), el dictamen que propone la ley para fortalecer el derecho a la indemnidad sexual de los niños y adolescentes, autoría del congresista Alejandro Muñante, de fe evangélica.

    Según este organismo, la medida busca garantizar el desarrollo integral de los menores de edad y resguardar su integridad y dignidad en todos los ámbitos. 

    La parlamentaria María Córdova, que preside esta comisión, informó que la propuesta, “…fortalecerá el rol protector del Estado y promoverá un entorno seguro, libre de violencia y explotación”.

    En el debate participaron los congresistas Alejandro Muñante y Milagros Jáuregui de Aguayo, quienes propusieron una serie de recomendaciones para una mejor redacción, algunas de las cuales fueron aceptadas por la presidencia.

    La propuesta reúne el Proyecto de Ley N° 8457, cuyo autor Alejandro Muñante destacó su importancia para la defensa de la niñez y adolescencia. "No permitiremos más actos obscenos frente a nuestros hijos ni la vulneración de su inocencia en espacios públicos. Esta es una lucha firme en defensa de nuestros valores y del derecho de los menores a un desarrollo sano y seguro" dijo el parlamentario.

     

    Alcance

    De aprobarse este dictamen en el Pleno del Congreso, se establecerán medidas concretas a fin de garantizar espacios seguros para los menores.

    Según la bancada del partido Renovación Popular, al que pertenecen Muñante y Jáuregui, se prohibiría el ingreso y uso de baños públicos a personas cuyo sexo biológico no coincida con lo indicado en los establecimientos.

    Asimismo, se impediría la sexualización de menores en medios de comunicación con fines comerciales o de entretenimiento, protegiéndolos de contenidos que puedan afectar su desarrollo.

    El dictamen también modifica el artículo 183 del Código Penal Peruano (Decreto Legislativo N°635), estableciendo penas más severas para quienes cometan actos obscenos en presencia de un menor de edad. Si el delito es perpetrado por un funcionario público o docente, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de seis años.

    La ley queda ahora a la espera de su debate y votación en el Parlamento Peruano.

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